JBS(i)
28 Si un buey acorneare hombre o mujer, y a causa de ello muriere, el buey será apedreado, y no se comerá su carne; mas el dueño del buey será absuelto.
29 Pero si el buey era acorneador desde ayer y antes de ayer, y a su dueño le fue notificado, y no lo hubiere guardado, y matare hombre o mujer, el buey será apedreado, y también morirá su dueño.