JBS(i)
19 ¶ Y cuando la mujer tuviere flujo de sangre, y su flujo fuere en su carne, siete días estará apartada; y cualquiera que la tocare, será inmundo hasta la tarde.
20 Y todo aquello sobre lo que ella se acostare mientras su separación, será inmundo; y todo aquello sobre lo que se sentare, será inmundo.
21 Y cualquiera que tocare su cama, lavará sus vestidos, y a sí mismo se lavará con agua, y será inmundo hasta la tarde.
22 También cualquiera que tocare cualquier mueble sobre lo que ella se hubiere sentado, lavará sus vestidos; se lavará luego a sí mismo con agua, y será inmundo hasta la tarde.
23 Y si alguna cosa estuviere sobre la cama, o sobre la silla en que ella se hubiere sentado, el que lo tocare será inmundo hasta la tarde.
24 Y si alguno durmiere con ella, y la inmundicia de ella fuere sobre él, será inmundo por siete días; y toda cama sobre la que durmiere, será inmunda.